¿Está buscando un seguro de responsabilidad civil sanitaria?

responsabilidad civil sanitaria

La Ley 44/2003, en su artículo 46, dice que «Los profesionales sanitarios que ejerzan en el ámbito de la asistencia privada, así como las personas jurídicas o entidades de titularidad privada que presten cualquier clase de servicios sanitarios, vienen obligadas a suscribir el oportuno seguro de responsabilidad, un aval u otra garantía financiera que cubra las indemnizaciones que se puedan derivar de un eventual daño a las personas causado con ocasión de la prestación de tal asistencia o servicios.»

Por tanto, si tienes un negocio que presta servicios médicos o los prestas tu por tu cuenta, como dice la ley tienes que estar asegurado. Así que asegúrate que sea con el mejor de los seguros; en SegurLike te ofrecemos asesoramiento, asistencia y muchos otros servicios que se adaptan a tus necesidades. 

Coberturas generales de seguro de responsabilidad civil sanitaria:

  • Responsabilidad Civil derivada de la actividad profesional como médico.

  • Defensa jurídica, fianzas y defensa.

  • Subsidio por inhabilitación profesional por sentencia hasta 144.000€ por 36 meses, 4.000€/mes.

  • Cubre todas las reclamaciones que se formulen por primera vez durante la vigencia del seguro, aunque sean de actos ocurridos en años anteriores.

  • Defensa del honor e imagen profesional por fallos favorables en denuncias dolosas o infundadas.

  • Reclamación/defensa por amenazas y agresión verbal o física.

  • Reclamación/defensa de sus intereses por incumplimiento de otros seguros profesionales que tenga contratados.

  • Asistencia jurídica telefónica durante las 24 h., todos los días del año.

  • Cobertura mundial en congresos, seminarios y simposios, así como en las actuaciones realizadas por el deber de socorro.

  • Responsabilidad Civil frente a Agencia de Protección de Datos.

  • Incumplimiento de la obligación de informar al paciente y de obtener del mismo el consentimiento informado, ya sea de forma verbal o de forma escrita, en los términos legalmente establecidos, siempre y cuando no sea reitarativo.

  • Ampliación de cobertura al territorio de la unión europea para el ejercicio esporádico, temporal y no habitual por parte del asegurado.

  • Cobertura en pérdidas económicas derivadas de asistencia a juicio en calidad de testigo.

  • Cobertura en pérdidas económicas derivadas de baja laboral por depresión.

Solicite información para su seguro responsabilidad civil sanitaria